Monto / Pago
El importe de la pensión se obtiene aplicando el porcentaje correspondiente a la base reguladora.
Por ciento
- 100% de la base reguladora.
- En caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional:Las pensiones se incrementarán, según la gravedad del error, del 30% al 50% cuando la lesión sea causada por maquinaria, artefactos o en instalaciones, centros o lugares de trabajo que no tengan las precauciones reglamentadas, las hayan invalidado o se encuentren en condiciones precarias, o cuando no se hayan observado las medidas de seguridad e higiene en el trabajo, o las medidas básicas de salubridad o adecuación personal para cada puesto de trabajo, teniendo en cuenta sus características y la edad, sexo y demás condiciones del trabajador .empleado.
Ese suplemento va directamente al empleador que infringió.
El recargo por beneficios económicos no aplicará a los empleados domésticos en el caso A Y EP en ausencia de medidas de prevención de riesgos laborales.
- En los casos en que el trabajador, que haya alcanzado o superado la edad normal de jubilación, acceda a la pensión de invalidez permanente absoluta, derivada de las contingencias comunes, por no cumplir los requisitos para tener derecho a la pensión de vejez:El porcentaje aplicable será el que corresponda al período mínimo de cotización que se establezca, en un momento determinado, para el acceso a la pensión de jubilación. Actualmente, este porcentaje es del 50%, que se aplicará a la base reguladora correspondiente.
Mantenimiento temporal del complemento de maternidad
Las personas que a fecha 04.02.2021 perciban el complemento de maternidad por la aportación demográfica mantendrán su abono.
La percepción del complemento de maternidad será incompatible con el nuevo complemento de pensión contributiva para reducir la brecha de género, pudiendo optar los interesados entre uno u otro.
Si el otro progenitor de alguno de los hijos o hijas que tenían derecho al complemento de maternidad solicita el complemento de pensión contributiva y tiene derecho a él, se descontará del complemento de maternidad la cantidad mensual reconocida, con efectos económicos desde el primer día de la mes siguiente a la resolución, siempre que se dicte dentro de los seis meses siguientes a la solicitud o, en su caso, al reconocimiento de la pensión que la origina; transcurrido este plazo, los efectos se producirán a partir del primer día del séptimo mes siguiente.
Complemento para reducir la brecha de género
El complemento de pensión contributiva para reducir la brecha de género reemplaza el complemento de maternidad de contribución demográfica por un complemento destinado a reducir la brecha de género que busca reparar el daño sufrido a lo largo de la carrera de la mujer para asumir un papel protagónico en el cuidado de los hijos proyectándose en el campo de pensiones
base reguladora
Si la incapacidad proviene de una enfermedad común:
- Beneficiario en situación registrada o asimilada o en situación «no registrada»:Se calcula aplicando íntegramente las mismas reglas que las indicadas para la incapacidad permanente. totalmente derivada de la enfermedad común.
Si la invalidez se debe a un accidente no profesional:
- Beneficiario en situación registrada o asimilada:
Se calcula aplicando las mismas reglas que las indicadas para la incapacidad permanente total por accidente no laboral.
- Beneficiario en caso de «no registro»:Será el coeficiente que resulte de la división por 112 de las bases de cotización del interesado durante los 96 meses inmediatamente anteriores al mes anterior a la ocurrencia del hecho causal. El cómputo de estas bases se realizará de acuerdo con las siguientes reglas:
- Las bases de los 24 meses anteriores al mes anterior al hecho desencadenante se calcularán por su valor nominal.
- Las restantes bases se actualizarán de acuerdo con la evolución del Índice de Precios al Consumidor, a partir de los meses correspondientes al mes inmediatamente anterior al mes en que se inicie el período de bases no actualizables a que se refiere el párrafo anterior.
Brecha de integración:
Si durante el período de cómputo existen meses en los que no exista obligación de cotizar, los huecos de cotización se integrarán con la base mínima de cotización del Régimen General vigente en cada momento para los trabajadores mayores de 18 años. Cuando en alguno de los meses la obligación de cotizar exista sólo para una parte del mes, la integración prevista en el párrafo anterior se efectuará para la parte del mes en que no exista obligación de cotizar, siempre que la cotización correspondiente base no alcanza el primer período el valor de la base mínima mensual indicada. En tal caso, la integración alcanzará esta última cantidad.
En caso de trabajadores incluidos en el sistema especial para trabajadores domésticosde 2012 a 2018, únicamente se tendrán en cuenta para el cálculo de la BR de la pensión de incapacidad permanente derivada de contingencias comunes los periodos efectivamente cotizados (no se aplicará integración de los desfases).
En caso de trabajadores incluidos en el régimen especial de los trabajadores agrarios, a partir del 01-01-2012, solo se tendrán en cuenta para el cálculo de BR los períodos realmente cotizados (no se aplicará la integración de brechas).
en casos de Contratos a tiempo parcial, exenciones y contratos indefinidos discontinuos:
- La integración de los períodos en los que no hubo obligación de cotizar se hará con la base mínima de cotización de entre las aplicables en cada momento, correspondiente al número de horas contratadas en la fecha en que se interrumpió o extinguió la obligación. a cita Si la obligación de cotizar existe sólo por una parte del mes, la integración se realizará por la parte del mes en que no exista obligación de cotizar, siempre que la base de cotización correspondiente no alcance el valor del mínimo aplicable base.
- Salvo los períodos entre temporadas o campañas de los trabajadores de duración determinada, no tendrán la consideración de aportación las horas o días en que éstos no trabajen por interrupciones en la prestación de los servicios derivadas del propio contrato. laguna.contrato medio tiempo.
Si la incapacidad resulta de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional:
La base reguladora se calcula sobre los salarios reales, aplicándose las mismas reglas que las indicadas para la incapacidad permanente total derivada de estas contingencias.
Aprobar
- Pensiones por enfermedad común y accidente no laboral Se pagarán en 14 cuotas, una por cada mes del año y dos extraordinarias por año, las cuales se pagarán junto con las mensualidades de junio y noviembre y por el mismo monto de la mensualidad ordinaria de esos meses.
- Pensiones derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales se pagan en 12 cuotas mensuales, ya que las cuotas extraordinarias son proporcionales a las cuotas mensuales ordinarias, ya que se han tenido en cuenta en el cálculo de la base reguladora de la pensión.
- Se garantizan montos mínimos mensualmente, variando su monto dependiendo de si la beneficiaria tiene o no esposo a cargo.
- Las pensiones de invalidez permanente absoluta y las pensiones de gran invalidez, así como las pensiones de jubilación derivadas de las mismas; para un cambio de nombre cuando el beneficiario alcance la edad de 65 años, están exentos de retención a cuenta sobre la renta personal (IRPF).