Gestión / Aplicaciones
Gestión y reconocimiento del derecho
La gestión y reconocimiento del derecho corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o, en el caso de trabajadores incluidos en el ámbito de aplicación del Régimen Especial del Mar, al Instituto Social de la Marina (ISM).
Documentos que acompañan a la solicitud
Este contenido se encuentra en revisión desde su entrada en vigor el 17-03-2013 a |RDL 5/2013, de 15 de marzo, sobre medidas para favorecer la continuidad de la vida profesional de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo.
Los documentos que se indican a continuación deberán presentarse en original acompañados de copia para certificación o en fotocopia ya certificada, salvo los documentos de identidad en los que será suficiente la presentación del original.
EN TODOS LOS CASOS:
- Acreditación de la identidad del solicitante, representante legal y demás personas que figuren en la solicitud mediante la siguiente documentación válida:
- Español: Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Extranjeros o no residentes en España: pasaporte o, en su caso, documento de identidad en vigor en su país y NIE (Número de Identificación de Extranjero) exigido por AEAT con fines de pago.
- Documentación que acredite la representación legal, en su caso. Si es un tutor institucional, C.I.F./NIFdocumento en el que conste el nombramiento de la tutela de la Institución y certificación de la representación de la Institución.
EN TODO TIPO DE PENSAMIENTOS:
- Comprobante de pago de aportes de los últimos 3 meses si es usted quien está obligado a pagarlos y el cese de la relación laboral se produjo en el mismo período.
A LA PENSIÓN ESPECIAL A LOS 64 AÑOS:
- Certificado de empresa con datos del trabajador suplente.
EN PENSIÓN PARCIAL:
- Certificado de empresa sobre los datos laborales del pensionista a tiempo parcial y del trabajador de apoyo.
EN LA PENSIÓN ANTICIPURA:
- Con descuento por edad y enfermedad especial:
- Si ha trabajado en alguna actividad que haya reconocido aumento de edad: un certificado de la empresa o empresas que acredite la categoría profesional y los períodos trabajados en ese puesto, o una tarjeta de embarque y desembarque para ISMO.
- Certificado de discapacidad y título reconocido expedido por IMSERSO autoridad competente u orden judicial, indicando, en su caso, que es consecuencia de alguna de las enfermedades enumeradas en DR 1851/2009, así como la fecha de inicio de la incapacidad y la fecha de calificación.
- Acreditación de la necesidad de ayuda de terceros o por movilidad reducida, expedida por el IMSERSO o el organismo competente.
- Por terminación forzosa u otra causa:
- Documento que acredite que ha extinguido su contrato de trabajo por causas ajenas a su voluntad, si se va a jubilar con más de 60 años y con menos de 65 (sólo si no está en el paro).
- Certificado de la empresa, si se prevé la edad de jubilación y se ha percibido una indemnización por convenio colectivo.
PARA INCLUIR ATENCIÓN MÉDICA Y DEMOSTRAR OTRAS CIRCUNSTANCIAS:
- Beneficiarios de la asistencia sanitaria:
- Libro de familia o documentos del estado civil que acrediten la relación con el solicitante.
- Certificado del Ayuntamiento que acredite la convivencia con el solicitante (no se requiere para cónyuge e hijos), cuando el funcionario lo considere necesario.
- Orden judicial o certificado de acogimiento materno, expedido por la Comunidad Autónoma.
- Sentencia de separación o divorcio en la que conste la guarda de los hijos menores y, en su caso, la cuantía de la pensión compensatoria del cónyuge o ex cónyuge y la pensión alimenticia del hijo.
- Acreditación de la residencia habitual en España para extranjeros, mediante certificado de empadronamiento del ayuntamiento o de la tarjeta de residencia, cuando el funcionario lo considere necesario.
- Otras circunstancias:
- Constancia de servicio militar obligatorio o servicio social sustitutivo, si lo solicita.
- Si ha tenido un aborto de más de 6 meses o hijos fallecidos antes de las 24 horas de vida, certificado del Registro Civil que acredite su existencia, si lo invoca.
Esta documentación se puede presentar en cualquiera de los Servicios y Centros de Información de la Seguridad Social.