Jubilación especial a los 64 años

Modalidad de jubilación que, como medida de fomento del empleo, disminuye la edad mínima exigida de jubilación de 65 a 64 años, sin aplicación de coeficientes reductores de edad, permitiendo al trabajador acceder a la pensión con los mismos derechos económicos salvo que tuviera 65 años.

Esta modalidad desaparece a partir del 01-01-2013, si bien se mantendrá para quienes resulte de aplicación lo dispuesto en la disposición final 12.2 de la Ley 27/2011, de 1 de agosto.

  • Beneficiarios

  • Monto

  • Evento causante / efectos económicos

  • Gestión y solicitudes

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio