Jubilación especial a los 64 años
Modalidad de jubilación que, como medida de fomento del empleo, disminuye la edad mínima exigida de jubilación de 65 a 64 años, sin aplicación de coeficientes reductores de edad, permitiendo al trabajador acceder a la pensión con los mismos derechos económicos salvo que tuviera 65 años.
Esta modalidad desaparece a partir del 01-01-2013, si bien se mantendrá para quienes resulte de aplicación lo dispuesto en la disposición final 12.2 de la Ley 27/2011, de 1 de agosto.