Procedimiento de Aplazamiento de Deuda

El procedimiento general se presenta a continuación.

¿Quién puede solicitarlo?

Él sujeto responsable del pago de la deuda.

¿Cuándo hay que presentarlo?

En cualquier momento desde el inicio del plazo reglamentario de pago de la deuda de que se trate.

¿Qué trámites hay que realizar?

Se debe presentar lo siguiente:

  • TC 17/10 Solicitud de aplazamiento del pago de deudas con la Seguridad Social.
  • TC 17/11 Reconocimiento de deudas con la Seguridad Social.
  • TC de Liquidación Inubicable.
  • Liquidación Diferida TC.
  • TC-2 Ratio nominal de trabajadores

Y la documentación solicitada en su caso.

¿Dónde se procesa?

En persona

La solicitud será dirigida al Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, Administración de la Seguridad Social o Unidad Ejecutiva de Recaudación de la Seguridad Social en que el empleador o responsable del pago haya autorizado la cuenta de cotización o, en su defecto, en que tenga su domicilio.

vía telemática

Iniciar sesión, con certificado digitalal trámite del Registro Electrónico de la Sede Electrónica: Aplazamiento en el pago de deudas con la Seguridad Social.

¿Cuándo se dicta y notifica la Resolución?

La Administración dictará y notificará la resolución en el plazo de 3 meses naturales desde la recepción de la solicitud en el órgano competente para su tramitación.

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